Nueva ley centraliza debates presidenciales y excluye a partidos minoritarios

El Congreso Nacional de Honduras aprobó en diciembre de 2024 la Ley de Organización y Transmisión de Debates Presidenciales, una normativa que obliga a que todos los debates presidenciales se realicen bajo el control de una comisión designada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), con al menos dos encuentros obligatorios transmitidos en cadena nacional de radio y televisión. La normativa genera preocupación por restricciones como la exclusión de candidatos con menos del 15 % de apoyo en encuestas seleccionadas, y el control del gobierno sobre los debates.

Texto: Vienna Herrera
Fotografía: Fernando Destephen

El Congreso Nacional de Honduras aprobó a mediados de diciembre del 2024 una ley para todos los debates presidenciales organizados en el marco de las elecciones generales que se llevarán a cabo este 2025. Según la nueva ley, los debates serán organizados únicamente por una Comisión de Debates Presidenciales (CDP) elegida por el Consejo Nacional Electoral (CNE). 

Según la nueva normativa, se realizarán dos debates presidenciales obligatorios, que serán transmitidos en cadena nacional. Esto implica que todas las estaciones de televisión y radio del país deberán emitir los debates en vivo y sin interrupciones, bajo pena de sanciones. Esta comisión estará compuesta por tres representantes del CNE, órgano que presidirá la comisión; un representante de las universidades públicas y privadas electo por el Consejo de Educación Superior; un representante del Colegio de Periodistas; tres expertos en procesos electorales; y un representante de los trabajadores.

Contracorriente consultó al respecto a Osman Reyes, presidente del Colegio de Periodistas de Honduras (CPH), pero negó tener conocimiento de dicha ley. Al cierre de esta nota no había emitido más comentarios sobre las restricciones. La ley establece que los debates presidenciales solo se darán en este espacio coordinado, y prohíbe a otras entidades, como medios de comunicación, universidades u organizaciones civiles, realizar debates adicionales de candidatos presidenciales.

Los formatos incluyen debates estilo cabildo abierto y moderados, con preguntas estrictamente confidenciales, conocidas por los candidatos solo al momento del debate, que tendrá una duración de 90 minutos, divididos en segmentos temáticos de 15 minutos.  Para participar en los debates, los candidatos deben contar con al menos un 15 % de apoyo en un promedio de tres encuestas nacionales reconocidas y avaladas por el CNE. 

La diputada del Partido Salvador de Honduras, Ligia Ramos, señaló que aunque inicialmente su partido apoyaba la propuesta de la ley, retiraron su respaldo al percibir desigualdades en las condiciones para todos los partidos. Aseguró que la cuota del 15 % de intención de voto requerida para participar es «totalmente arbitraria» y que, aunque la ley habla de encuestas reguladas por el CNE, «no está claro cómo se llevarán a cabo estas evaluaciones».

Añadió que, tras investigar cómo se manejan los debates presidenciales en otros países, encontró que la mayoría no establece cuotas de intención de voto. «En los países más democráticos e inclusivos no se discrimina a los candidatos por intención de voto», agregó.

La oposición a la ley también fue respaldada por otros partidos minoritarios, como el Partido Anticorrupción (PAC) y la Democracia Cristiana (DC). Según estos partidos, las disposiciones actuales dejan en desventaja a los candidatos de partidos pequeños, quienes no cuentan con los fondos suficientes para dar a conocer sus propuestas. Ramos enfatizó que la ley debería garantizar igualdad de oportunidades para que todos los candidatos puedan acceder al público y presentar sus proyectos de país.

Esta ley, que aún no ha sido publicada en el diario oficial La Gaceta, estará vigente para el periodo de elecciones generales que se realizarán en noviembre de 2025. La normativa, además, señala que la Comisión de Debates Presidenciales será financiada con fondos del Consejo Nacional Electoral, donaciones privadas de fundaciones y corporaciones, y tarifas pagadas por las instituciones anfitrionas de los debates. También establece que cada miembro de la Comisión de Debates Presidenciales debe presentar declaraciones de interés para garantizar la imparcialidad.

La nueva Ley de Debates Presidenciales establece que los medios de comunicación deberán ser acreditados por la Comisión de Debate Presidencial (CDP) para cubrir estos eventos, y restringe el ejercicio de los medios al transmitir exclusivamente los debates oficiales en cadena nacional. 

Estas disposiciones generan preocupación por la posibilidad de centralizar de manera excesiva las narrativas electorales en un contexto tan importante como son las elecciones generales.

«Es un monopolio desde el Estado para poder regular quiénes pueden tener acceso o no a darle información a la población. Si tuviéramos un Estado democrático donde realmente no hay sectarismo político, pues se aplaudiría, ¿verdad? Sin embargo, sabemos que los partidos que gobiernan hacen manipulación y excluyen a probables candidatos que podrían ser competencia», concluyó Ramos.

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