Así fue cómo la fiscalía hondureña acusó por aborto a una mujer víctima de violencia obstétrica

Carla* llegó a una clínica privada en Choloma, embarazada y con señales de que su parto se había adelantado. El sistema de salud estaba colapsado por la pandemia por COVID-19. El bebé nació, pero no recibió atención médica y murió a las dos horas. En ese lapso, desde la clínica denunciaron a Carla ante la policía por el delito de aborto. La policía, la fiscalía y la clínica privada fabricaron una historia llena de prejuicios de género para ocultar la historia real, que apunta a que hubo negligencia médica y violencia obstétrica. 

 

Texto: Vienna Herrera

Portada generada con IA de Canva

Gráficos: Daniel Fonseca 

 

Carla se sienta frente a un tribunal compuesto por tres juezas en San Pedro Sula; es el último día del juicio oral y público en el que se le acusa del delito de aborto. Ella se declara inocente, pero no solo eso; dice con convicción: «Quiero pedirles justicia por mí y por mi hijo, ambos fuimos víctimas».

 

Carla es una mujer de 28 años, y tenía 25 cuando quedó embarazada de su segundo hijo. Asistió a sus primeros controles prenatales en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), y ahí, marcó la casilla indicando que su embarazo era planificado. De repente, el mundo se detuvo por la pandemia de COVID-19, que llegó a Honduras en marzo de 2020, y una de las primeras medidas que tomaron los hospitales fue no continuar los controles con las mujeres embarazadas, a menos que estuvieran cerca de la fecha de parto, por el riesgo de que murieran al infectarse con el virus. 

 

El 30 de abril, Carla, que tenía alrededor de siete meses de embarazo, comenzó a sentirse mal, tenía fiebre y dolor abdominal. Por la tarde fue a una clínica privada donde le recetaron Acetaminofén y descanso; llegó a su casa y eso fue lo que hizo. Pero la fiebre no bajaba, y a las tres de la madrugada del 1 de mayo, le pidió a su familia que la llevara a buscar atención médica. En aquel momento nadie quería ir a un hospital público; había mucho temor, era común escuchar que la gente decía que quien entraba al hospital no volvía a salir. Para Carla, ir al Seguro Social, que era donde le hacían sus controles, no era una opción.

 

Su hermano y su pareja la llevaron a una clínica privada en Choloma. Al llegar ahí le dijeron que sólo había médicos generales para recibirla, pero Carla presentía que algo andaba mal y un médico general no le había resuelto horas atrás, así que pidió a una especialista. Carla esperó media hora. Se sentía cada vez peor, tenía muchos escalofríos. Cuando llegó la ginecóloga, no tardó ni 10 minutos en atenderla porque el parto comenzó. 

 

La doctora dice que apenas pudo ponerse los guantes para recibir al bebé, y que ni ella ni la clínica estaban listas para atender a un recién nacido tan pretérmino, que, a su criterio, estaba entre 26 y 28 semanas. 

 

Carla no entendía bien qué estaba pasando; lo único que supo es que tenía que pagar 18 mil lempiras (720 USD), y si quería evitar una infección, porque la placenta no había salido completa, también tendría que pagar un legrado. Pero ni Carla ni su pareja contaban con esos recursos Buscaron desesperadamente el dinero que les cobraban por la atención del parto, porque en la clínica les dijeron que si no pagaban, no harían el traslado de Carla ni de su bebé al IHSS.  

 

«Fue una mala experiencia, nunca se me va a olvidar, me marcó la vida. Me acuerdo muy bien de algo que me dijo la recepcionista: Si lo hubieras parido en la puerta no te cobraban», narró Carla. 

 

Pasaron casi dos horas entre el parto y el pago a la clínica; en todo ese tiempo el recién nacido, según relata Carla, no tuvo ningún tipo de asistencia. «Yo vi que aún respiraba y estaba envuelto en un suéter», contó el hermano de Carla. 

 

Carla estaba débil; tenía una hemorragia a causa del parto. Para poder hacer el traslado su familia tuvo que comprarle a la misma clínica dos pañales, que les costaron 50 lempiras cada uno (2 USD). Antes del traslado, la clínica hizo firmar a Carla unos documentos en los que aceptó eximir a la clínica de responsabilidades por ella y por su bebé. Carla no sabía que, mientras firmaba los documentos, su hijo ya había muerto. 

 

Un sistema lleno de prejuicios

 

Carla supo que su hijo murió cuando la ambulancia del IHSS llegó y escuchó al personal de la ambulancia decir que no se llevarían al bebé porque no había sobrevivido. «En ese momento yo sentí que mi vida se me destrozó, solo yo sentía el dolor por dentro», dijo Carla, colocándose una mano sobre el pecho. 

 

Sin embargo, según la doctora que atendió a Carla, su reacción era sospechosa. «Estaba callada, no preguntó por su bebé ni quiso abrazarlo», dijo durante el juicio y agregó que encontró dos pastillas de misoprostol adheridas a la placenta en la parte fetal, una de las cuales, según su relato, aún estaba completa. 

 

El misoprostol es un medicamento tradicionalmente usado para tratar úlceras gástricas, pero que tiene el efecto de madurar el cuello uterino, lo que produce contracciones y por tanto, una interrupción del embarazo. Se puede usar vía vaginal o colocándolas detrás de la lengua hasta que se desintegran. 

 

Según la hipótesis de la doctora, Carla debió haber introducido las pastillas detrás del feto, pues la placenta es lo último en salir en un parto, según explicó una doctora con especialidad en ginecoobstetricia que participó como consultora en el juicio. Por otro lado, la doctora que atendió a Carla también dijo en el juicio que ella no sangraba mucho al momento del parto, y que por eso pudo ver con claridad las pastillas. 

 

Esta versión contradice la de Carla y su familia, que ella sufrió una hemorragia y que incluso tuvieron que comprar pañales; los recibos que guardaron de esa compra sirvieron de prueba. Por su parte, la doctora que llamó a la policía y acusó a Carla dijo que colocó las pastillas como prueba del aborto en el expediente. 

 

La policía llegó a interrogar a Carla, que ya había sido trasladada al IHSS. También interrogaron a su hermano, quien asegura que el agente ni siquiera le dijo que era un interrogatorio oficial; solo lo llevó aparte porque «quería hablar». Luego, el agente llenó un informe en el que escribió que Carla había buscado una especialista porque «sabía lo que había hecho»; así fue como Carla terminó acusada de aborto.

 

Que una doctora denuncie a una mujer por aborto en Honduras no es extraño. El estudio Criminalización del aborto en Honduras, que comprende archivos de mujeres hondureñas judicializadas por abortar entre 2006 y 2018, recopilado por las organizaciones Somos Muchas y Optio, indica que en el 64 % de los casos la denuncia fue interpuesta por personal de salud. 

 

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Karol Bobadilla, abogada defensora de Carla y asociada al equipo de la organización Optio, explicó que como defensa no solo buscaban que Carla fuera absuelta de todos los cargos, sino también sentar precedentes con respecto a los daños causados a las mujeres en este tipo de procesos judiciales; por ejemplo, reconocer la violencia obstétrica por parte de quienes la atendieron, y por otro lado, «reconocer que había estereotipos de género que habían viciado todo el proceso de investigación», dijo. 

 

La abogada Bobadilla explicó que todo el proceso quedó viciado al asumir la culpabilidad de Carla desde un inicio, y que tanto la fiscalía como la policía que hizo la investigación supusieron una historia sin corroborar y no dudaron de la versión de la clínica. «Dejaron de lado líneas de investigación que sí debieron haberse agotado, si se hubiese pensado el caso con perspectiva de género», dijo, y explicó que en ningún momento se tomó en cuenta la violencia obstétrica que sufrió Carla. 

 

Incluso durante el juicio, en la etapa de conclusiones, la fiscal dijo que el caso no se trataba de violencia obstétrica, sino de la defensa de la vida del recién nacido, y que por tanto no debían hablar de estereotipos de género o violencia hacia la mujer «En países de Latinoamérica el aborto es permitido, pero señores, aquí es Honduras y nos regimos con el Código Penal. No estamos hablando de que los operadores de justicia no aplicamos protocolos, de que si el protocolo que usó el médico era correcto, que sí hubo maltrato (del personal médico). Estamos llamando a que no sea un derecho, una libertad el interrumpir un embarazo», expuso.

 

La defensa de Carla encontró que el levantamiento del cuerpo del recién nacido se hizo cuatro horas y media después de la muerte. Al momento de realizarlo no acordonaron el área y no hubo policías preventivos; tampoco recolectaron otro tipo de indicios relacionados con otras causas de muerte, lo que demuestra que no vieron otra posibilidad que no fuera la de culpar a Carla de aborto. 

 

Durante el juicio, la fiscal dijo que era imposible que Carla no supiera que sus dolores abdominales eran contracciones, porque Carla ya había tenido un hijo, y además perdió un embarazo anteriormente. Para la defensa esta es una visión errónea y llena de prejuicios, pues no todos los embarazos son iguales, y el haber tenido un aborto espontáneo demuestra que Carla pasaba por un embarazo de alto riesgo. 

 

Los medios de prueba que presentó la fiscalía fueron deficientes. No hay fotografías de las pastillas por las que Carla fue acusada,y los dictámenes que las mencionan tienen información contradictoria. Por ejemplo, algunos señalan que era una pastilla completa, otros que eran trozos, e incluso un análisis afirma que no había restos biológicos en las mismas; ¿cómo podían aquellas pastillas haber pasado por el parto sin que quedaran esos restos? 

 

Otra de las irregularidades del caso es la prueba de la docimasia hidrostática que hizo Medicina Forense. Se trata de una prueba que en otros países ya está desfasada, y que se trata de sumergir los pulmones del cadáver en un líquido, y si flotan, quiere decir que el fallecido, en este caso el bebé, respiró en algún momento. En este caso la prueba dio negativo, a pesar de que la doctora, Carla y su hermano declararon haber visto al bebé respirar.

 

«Supimos que también Medicina Forense hizo la prueba de forma errónea, esto es grave también porque en algunos casos estas pruebas erróneas permiten que a algunas mujeres se les culpabilice de delitos mucho más graves», señaló la abogada Bobadilla.

 

Otra de las falencias en los medios de prueba es que hubo tres dictámenes sobre la edad gestacional del hijo de Carla: uno menciona 25 semanas, otro 29 y el más confiable, según la defensa, es entre 29 y 30 semanas; sin embargo, a Carla se le acusó de abortar un feto de entre 20 y 25 semanas. 

 

«La fiscalía está aquí representando al recién nacido y ni siquiera pudo demostrar una edad gestacional, esto es importante para saber si el bebé realmente murió por negligencia médica, porque ni siquiera se intentó salvar su vida», dijo la defensa durante el juicio, explicando que el cuerpo del recién nacido tenía lesiones que no correspondían al parto y que no se explica cómo pasaron, además de que también había inconsistencias en las fotografías del levantamiento del cuerpo.

 

La abogada Bobadilla explicó que litigar en casos así implica también tener un juicio didáctico, para que los tribunales o los jueces entiendan cómo funciona el cuerpo de las mujeres, porque al respecto aún hay muchos mitos. En ese sentido, la fiscal también dijo durante el juicio que existía un instinto maternal, y por eso Carla debió haber reaccionado de una forma distinta cuando supo del parto prematuro: «Cualquier madre que recién pare quiere saber de sus hijos, si nació bien, si tiene todas sus partes. No tuvo las reacciones normales de una madre que pierde a su hijo» dijo la fiscal, previo a pedir en la etapa de conclusiones una pena de entre 3 y 6 años de prisión para Carla. 

 

«Si analizamos la personalidad, una víctima cuando tiene un hecho traumante nos demuestra una depresión, llanto, baja autoestima, ansiedad, dificultad para relatar, y esas conductas no fueron observadas ni por el médico, ni por el psicólogo, que dice que ella es calculadora, es fría, responde a impulsos» dijo la fiscal.

 

Medicina Forense, la institución que hizo el dictamen psicológico, cometió muchas faltas de objetividad en las pruebas técnicas para reforzar la teoría del Ministerio Público. Por ejemplo, extrajo muestras de sangre sin autorización judicial ni consentimiento, cuando Carla aún se encontraba en recuperación, y aunque el doctor le había dicho a los forenses que esperaran de dos a tres días para hacerle una evaluación psicológica porque necesitaba recuperarse primero, los psicólogos hicieron caso omiso y la evaluaron ese mismo día.

 

Pero estas falencias tienen causas estructurales. En Honduras, la Dirección de Medicina Forense tiene solo seis médicos especialistas en medicina legal, cinco en Tegucigalpa y uno en San Pedro Sula. De ahí, existen 129 médicos generales que se han capacitado en el área forense, en un curso básico intensivo que dura dos meses,ninguno de los temas de esa capacitación intensiva aborda el enfoque de género desde la medicina legal. De 2015 a 2023, Medicina Forense ha recibido 11 capacitaciones en temas de género, la mayoría en casos de violencia sexual y femicidios, ninguno sobre violencia obstétrica o salud reproductiva.    

 

En ese contexto, el Ministerio Público, entre 2015 y 2023, recibió 231 denuncias por el delito de aborto. Este es un dato recopilado de las denuncias que recibe cada fiscal, pero también desde la Policía Nacional. En esas denuncias hay 113 que corresponden a mujeres, 63 no consignaron el sexo de la persona y 53 se trata de hombres; este último dato podría referirse a personas involucradas en abortos clandestinos, pero también a hombres que han provocado abortos al infligir violencia física hacia sus parejas. La mayoría de las denuncias se centran en Francisco Morazán con 55 casos, seguido de Cortés con 32.

Entre 2017 y 2023, el Ministerio Público emitió 29 requerimientos fiscales por el delito de aborto: 14 se trataron de mujeres, 14 de hombres, y en uno de los casos no consignaron el sexo. La mayoría de requerimientos se presentaron en Francisco Morazán, con 8 casos, seguido de Cortés, con 6.

Para la abogada Bobadilla, este caso no debió haber llegado a juicio oral y público. «Pudo haberse quedado en la primera etapa, tomando en cuenta todas las falencias que había, pero realmente es algo que los jueces de primera instancia a veces no ven, o no quieren analizar porque también están viciados», explicó.  Agregó que el caso de Carla fue exitoso porque tuvo una defensa privada, pero que cualquier mujer que se enfrente a una acusación similar con una defensa pública o sin análisis con perspectiva de género «está prácticamente condenada».

 

Aunque al finalizar el juicio el tribunal decidió absolver a Carla del delito de aborto y sentenció con perspectiva de género, señalando que había sufrido violencia obstétrica, desconocemos si la fiscalía ha comenzado una investigación en contra de la clínica por este delito y por negligencia médica. 

 

Pero los daños que Carla sufrió durante tres años criminalizada son irreversibles. Le tocaba firmar un libro en los juzgados, primero cada 15 días, luego una vez al mes, como medida preventiva para demostrar que no se había dado a la fuga; no podía salir del país y cargaba en sus antecedentes un delito que tiene una estigmatización social muy grande.

 

«Yo a ese hijo lo esperaba con ansias. El amor de madre fue lo que hizo que primero buscara atención médica, y no pensé que ahí perdería a mi hijo», dijo Carla, recordando la violencia que sufrió, primero durante el parto, y después la que el Estado también ejerció contra ella.



*El nombre de Carla fue cambiado para proteger su identidad.

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Reportera multimedia. Enfocada en extractivismo, medio ambiente, estructuras de poder, género y derechos sexuales y reproductivos
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