La opinión de economistas y abogados sobre la derogación de la Ley de empleo por hora está dividida. Hay quienes coinciden en que solo debe revisarse y obligar a la Secretaría del Trabajo a realizar inspecciones para evitar violaciones laborales, y por otro lado están los que sostienen que debe derogarse ante la incapacidad de supervisión estatal. Los que sí muestran una posición clara, aunque antagónica entre sí, son los obreros y los empresarios. Las centrales obreras aseguran que dicha ley debe derogarse porque solo beneficia a los patronos, mientras que los empresarios, por su parte, sostienen que debe mantenerse porque de lo contrario Honduras podría perder más de 350,000 empleos.
Texto: Leonardo Aguilar y Allan Bu
Con colaboración de Laura García
Fotografías: Antonio Gutiérrez
El pasado lunes, el Congreso Nacional incluyó un proyecto de decreto que busca derogar la Ley de Empleo por Hora, aprobada en 2014 y ratificada por el entonces presidente Juan Orlando Hernández, quien actualmente se encuentra en prisión y solicitado en extradición por EE. UU.
Juan Orlando Hernández sostenía en aquel momento que con la Ley de Empleo por hora se fortalecería la economía, aumentaría la inversión extranjera y se reduciría la economía informal. No obstante, la realidad ha sido distante de lo esperado y miles de trabajadores se sienten desamparados laboralmente.
El abogado constitucionalista Juan Carlos Barrientos aseguró a este medio que han existido muchos abusos de parte de algunos empresarios que han aprovechado la Ley de Empleo por Hora para no pagar lo convenido, poner a trabajar más horas a sus empleados, no pagar las horas trabajadas, no otorgar el seguro social y no pagar un décimo tercer ni cuarto mes.
No obstante, Juan Carlos Barrientos asegura que «sería una barbaridad que eliminaran esa ley porque se quedaría mucha gente sin empleo». Considera que lo que debe hacerse es «una revisión y tratar de corregir lo que está fallando, implementar mayores medidas de control, que en este caso sería función del Ministerio del Trabajo».
«Usted escucha hablar a líderes del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), la misma gente de las cámaras de comercio de Tegucigalpa y de Cortés, dicen que esa modalidad ha venido a dar más dinamismo de empleo a gente joven que no podía trabajar a tiempo completo, principalmente en tiendas, restaurantes, cafeterías, call center», sostiene Barrientos.
El miércoles de esta semana, una comisión de dictamen comenzó a socializar la derogación de la Ley de Empleo por Hora con trabajadores, empresarios e inversionistas. Entre los que ya se han sentado están las Centrales Obreras, Central General de Trabajadores (CGT), Confederación Unitaria de Trabajadores de Honduras (CUTH), Confederación de Trabajadores de Honduras (CTH) y Centro de Derechos de las Mujeres (CDM).
Algunos de los líderes de estas organizaciones obreras coinciden en que la Ley de empleo por hora es discriminatoria, violenta derechos humanos y tiene su origen en un gobierno dictatorial.
Luego que se hizo pública la propuesta en el Congreso Nacional para derogar la Ley de Empleo por Hora, el director ejecutivo del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), Armardo Urtecho, manifestó a medios de comunicación que de concretarse la intención podrían perderse hasta la mitad de los 700,000 empleos que se generan bajo esta modalidad. Sin embargo, el economista Claudio Salgado indica que «la ley debe derogarse considerando que la Secretaría de Trabajo no tiene capacidad de supervisión».
Según las cifras más recientes reportadas por el Banco Mundial, la inversión extranjera directa no ha aumentado desde 2013 (año del decreto). De hecho, ha bajado 2 puntos. La tasa de desempleo ha aumentado aproximadamente 4 puntos en la escala del 2013-2020.
Según Juan Carlos Sikaffy, presidente del Cohep, bajo la modalidad del empleo por hora hay 700,000 empleados. Sin embargo, no es una cifra comprobada. Al respecto, Claudio Salgado cree que «las cifras brindadas por el Cohep son fuertes y deberían revisarse».
Yadira Minero, abogada laboralista, argumenta que la Ley de Empleo por Hora violenta el principio de estabilidad laboral. Este principio es la columna vertebral del derecho del trabajo, de él se desprende el goce y disfrute de los demás derechos laborales. La Ley de Empleo por Hora violenta, principalmente, los derechos laborales a un salario digno, a la protección social y de salud, de maternidad, de sindicalización.
La figura de empleo por «media jornada» ya está en la Constitución. El empleo por hora está legalmente regulado mediante el Decreto Ley 121 de 1974. En este decreto se respetan los derechos laborales, las organizaciones piden que este decreto continúe vigente. Con su aplicación, no habría pérdida de empleos, explicó la abogada Minero.
Un estudio de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, denominado Situación del empleo en Honduras, explica que la tasa de desempleo abierto se define como el cociente de la población desocupada dividido entre la fuerza laboral. En ese sentido, la investigación apunta a que los departamentos que mostraron las tasas de desempleo abierto más altas, registrando dichas tasas en 2009, 2015 y 2019, fueron: Atlántida, Colón, Comayagua, Choluteca, Francisco Morazán, Olancho y Valle.
Para 2018, el Instituto Nacional de Estadística (INE) informó que la tasa de desempleo abierta se situaba en 5.7 %. A mediados de 2021, la tasa de desempleo abierto se incrementó a 10.9 %, lo que significa un poco más de 400,000 personas desempleadas, mientras que el número de personas que desistieron de buscar un empleo aumentó en más de 600,000, lo que agravó las condiciones en el mercado laboral hondureño.
La otra cara del empleo por hora
Frente al Ministerio del Trabajo en San Pedro Sula, zona norte de Honduras, Mauricio, un extrabajador de la municipalidad sampedrana, quien estuvo trabajando bajo la modalidad de empleo por hora, dice que «tienen que derogar esa ley porque eso no beneficia a nadie. Eso es un atraso para la gente».
Mauricio cuenta que firmaba un contrato cada dos meses y ahora está buscando que desde la Secretaría de Trabajo se le brinde permanencia. A su criterio, esta ley es nociva: «El trabajador no se beneficia en eso, porque en cualquier rato le dicen a usted que ya no lo ocupan, ¿y bajo qué ley se puede amparar usted?», afirma.
Mauricio cuenta que él tenía las mismas funciones de los empleados permanentes, pero aparte de gozar del salario mínimo no gozaba de los otros derechos ni estabilidad laboral. «¿Cómo va a reclamar usted? Ese es el único tropiezo que tienen esos contratos, que si ya no lo ocupan pues lo desechan», dijo.
Jesús Méndez, empleado de una ferretería sampedrana, coincide con Mauricio. Asegura que la Ley de Empleo por Hora es «negativa» para el trabajador, pues aunque es «una oportunidad para mucha gente, también se están perdiendo beneficios», argumentó.
Méndez, que aunque no se encuentra bajo esa la modalidad temporal, dice que no tiene muchas esperanzas de cambio porque al final «mandan los de arriba; para mí esa babosada es negativa para el trabajador. Cuando es por hora (las empresas) te dan lo que quieren. La gente por necesidad lo acepta».
¿En qué consiste exactamente la Ley de Empleo por hora?
El artículo tres de la Ley del empleo por hora regula las modalidades y formas de contratación. En este apartado se establece que las partes (obrero-patrono) pueden suscribir contratos, sea por horas o medias jornadas ordinarias, diurnas, mixtas o nocturnas. Estas pueden ser por tiempo limitado y para obras o servicios determinados.
El artículo seis, referente a la remuneración, explica que el patrono debe pagarle al trabajador en virtud del contrato de trabajo y, en los casos de mano de obra no calificada, debe hacerse el cálculo tomando como referencia el salario mínimo (que en Honduras es diferente para cada sector).
En ese sentido, la Ley de Empleo por Hora explica que para calcular el salario mensual de un trabajador, se debe dividir el salario mínimo entre las horas pactadas a trabajar y ese resultado se multiplica por 4.29, que es el promedio de la semana al mes.
La Ley de empleo por hora establece que debe incrementarse un 16 % sobre el salario mensual (que corresponde al 8 % del décimo tercer mes y al 8 % del décimo cuarto mes). Se incluye además un día feriado por cada mes trabajado.
No obstante, las empresas, que pueden tener hasta 3 años a una persona bajo esta modalidad y una vez culminado este período, pueden despedir a sus empleados sin ningún tipo de prestaciones e indemnizaciones laborales.
«Están haciendo el mismo trabajo todos, pero no están ganando igual ni acumulando los mismos derechos» (conciliador de la Secretaría del Trabajo)
Uno de los abogados que trabaja como conciliador en la Secretaría del Trabajo, quien prefirió mantener su identidad bajo reserva, le dijo a Contracorriente que en su ciudad —en donde el número de habitantes sobrepasa el medio millón de personas— los reclamos de los obreros bajo la modalidad de contrato por hora son escasos porque estos asumen que no tienen respaldo legal para demandar a las empresas una vez que son despedidos.
«Al momento en que un trabajador deja de laborar no hace ningún reclamo porque supuestamente se les explica que en su salario va pagado todo lo que son las prestaciones. Le explican que al momento de dejar de laborar, ya tiene pagados todos sus derechos», revela.
Este servidor público es del criterio que esta normativa beneficia más a la clase empresarial y les quita derechos a los obreros. Explica que si un trabajador bajo la modalidad de contrato por hora, está un año laborando bajo esa modalidad y es despedido, «lo único que le dan como liquidación es un mes de salario». Como contraste, explica que «si usted se va con el contrato tradicional, el que está regulado en el Código del Trabajo, si usted trabajó un año, no le toca un mes de salario de prestaciones, sino muchísimo más. ¡Es una enorme diferencia entre estos dos contratos!».
Finalmente expone que esta Ley no se ocupaba tanto porque ya teníamos un contrato en el Código de Trabajo que regulaba el empleo a medio tiempo. «Si usted mira los recortes de periódico de hace unos 20 años, en la sección de empleo, algunos decían: “se requiere trabajadora a medio tiempo, trabajador a medio tiempo”».
El artículo cuatro de la Ley de Empleo por Hora, indica que se pueden contratar bajo esta ley hasta el 40 % de trabajadores, no obstante, el conciliador de la Secretaría del Trabajo le expone a Contracorriente que «hay empresas que pueden estar contratando hasta un 80 % de su personal bajo esta modalidad. Así que se está perjudicando a la mayoría del empleado. Y si lo ve desde otro punto de vista, aunque todos somos iguales ante la ley, imagínese una empresa que tenga el 40 % bajo el empleo por hora y al 60 % permanente, están haciendo el mismo trabajo todos, pero no están ganando igual ni acumulando los mismos derechos».
Posición de los trabajadores
Para las centrales obreras, no hay otra opción que la derogación de la Ley de Empleo por Hora. Evangelina Argueta, dirigente obrera en el norte del país de la CGT, manifestó total acuerdo en la derogación de la ley: «Porque ha sido incumplida por el sector empresarial y ellos deben reconocer que es su culpa que ahora exigimos la derogatoria de esa ley», dijo.
Cuando se aprobó en enero de 2014, Argueta recordó que el movimiento obrero se manifestó en contra de la norma porque suponía una pérdida total de derechos de los trabajadores (seguro social, décimo tercer mes y cuarto mes, indemnizaciones, entre otras) y lo único que hicieron fue otorgar al trabajador un porcentaje arriba del salario mínimo. «Eso no es posible», sostuvo.
Argueta denunció que en la CGT han recibido denuncias de personas que recibieron empleo bajo esta modalidad y fueron chantajeadas: «Hay compañeros trabajadores que aseguran no les cumplen y son amenazados, que si denuncian, no les vuelven a dar otro contrato y pues la necesidad del empleo hace que mucha gente se someta, pero eso no es lo correcto. Hemos elevado quejas a la Secretaría de Trabajo, que no hay veeduría ni cumplimiento, pero les importó poco o nada».
Evangelina Argueta dijo que las empresas «se han enriquecido con esta ley». Señaló que hay rubros como las comidas rápidas que tienen exoneraciones de impuestos y son las que hacen más uso de esta ley. «Creo que no pueden seguir enriqueciéndose a costillas del trabajador. Esto (la derogación de la ley) es parte del plan de gobierno de la presidenta Xiomara Castro y hay que apoyarlo».
Sobre la posible pérdida de 700,000 empleos, como lo plantea el Cohep, Argueta argumentó que amenazar es una reacción natural del sector empresarial: «Yo recuerdo que cuando empezamos a presionar por un salario justo en la maquila, nos amenazaron que las empresas se marcharían y ahora hay más. Las amenazas son normales, pero la empresa privada necesita la mano de obra, sino quién les hará el trabajo. No vamos a caer en ese tipo de intimidaciones», dijo.
Reiteró que en las centrales obreras no se plantean pedir una modificación de la ley como se ha mencionado en círculos empresariales: «Han flexibilizado el empleo y la permanencia, los empresarios han abusado de la ley ¿cuánto se han ahorrado en beneficios porque la mayoría de puestos los convirtieron en empleo por hora y el Ministerio del Trabajo, se volvió cómplice porque el deber de ellos era supervisar».
La micro y pequeña industria ve peligros en eliminar la ley de forma drástica
Para Efraín Rodríguez, dirigente de la Asociación Nacional de la Micro, Pequeña Industria de Honduras (Anmpih), la intención de derogar la ley puede ser buena, procurando mejores condiciones para los trabajadores, «pero tiene que haber un análisis», sopesó.
Sostuvo que se debe hablar con los trabajadores que han sido contratados bajo este programa, empresarios y con el Ministerio del Trabajo para saber qué reformas se pueden hacer para corregir lo que no está bien pues a su juicio, después de ocho años de vigencia, «eliminar la ley sería traer más desempleo al país. más de 500,000 personas quedarían sin empleo y con la crisis de la pandemia ya habíamos perdido otro medio millón, el país quedaría más miserable».
Ismael Zepeda, economista del Fondo Social de la Deuda Externa y Desarrollo de Honduras (Fosdeh), sostiene que cuando existe un régimen como el de la Ley de Empleo por Hora y se quita, «se crea un vacío y este debe llenarse, ¿cuál es la propuesta?», se pregunta y agrega que «las dinámicas económicas van más allá de imponer las leyes o quitar las leyes. Nuestra postura es que es necesario hacer una evaluación y una propuesta si se llega a eliminar la Ley de Empleo por Hora porque se necesita llenar ese vacío».
Zepeda insiste en que la evaluación debe dar la pauta de los pasos a seguir, que las posturas no deben ser extremas y menciona que hubo abuso de la ley, pero que este tiene que ver con la desidia del Estado, que tuvo que haber dado seguimiento y monitoreo a través de la Secretaría de Trabajo. «Por eso es correcta la postura de los trabajadores y sindicalistas que esta ley vino a lacerar enormemente los derechos laborales», dice.
Desde la Ampih, Rodríguez llama a un diálogo y cree que después de ocho años se pueden evaluar los resultados de este programa, después de eso aprovechar lo positivo y corregir lo que no está bien. «Siempre hay empresarios que quieren abusar de la necesidad de trabajo de una persona, entonces le ponen condiciones con base a su criterio y no con base a ley, eso hay que corregirlo», manifestó.
Agrega que ve como un error la derogación, pues considera que aumentaría la migración al quedar muchos jóvenes sin trabajo. Por otro lado, advierte que también la actividad económica del país se vería afectada pues los 700,000 empleados bajo el esquema mencionado mueven unos 10,000 millones de lempiras, pues ellos son consumidores de productos y servicios.
Por último, Rodríguez sugiere hacer algunas reformas a la ley. Por ejemplo, habla de que se pudiera legislar para que las Mipymes puedan contratar personal por seis meses, laborando cuatro horas y con la mitad del salario mínimo mientras la persona desarrolla las habilidades técnicas para desempeñar su puesto.
Evangelina Argueta, de la CGT, consideró que al sector de la pequeña y mediana industria hay que escucharlo, pero también dejó claro que ahí donde más se incumple la ley: «Ni siquiera el salario mínimo le pagan a los trabajadores y ellos lo reconocen. Tampoco es que el trabajador va a regalar su fuerza de trabajo. Creo que al sector Mipyme hay que escucharlo, pero que no se pongan ellos en plan de víctima y que quieren que todos se lo den los trabajadores. No se trata de eso. Promovemos empleo, queremos disminuir el desempleo, pero no en condiciones miserables», manifestó.
Ismael Zepeda manifestó que, desde el Fosdeh, se propone actualizar el Código del Trabajo porque aunque este data de 1959 y ya contempla el trabajo temporal. «Si realmente los diputados y diputadas quieren refundar el Estado, como han mencionado los representantes de Libre y Partido Salvador de Honduras, tienen que actualizar el Código, que sea más amplio, más innovador y que esté de acuerdo a las realidades de país y a la prospectiva de mejorar las condiciones de los trabajadores», sugirió.
1 comentario en “Derogar la Ley de empleo por hora: el dilema entre las violaciones laborales y la pérdida de empleos”
Las empresas necesitan el personal para laborar eficientemente si despiden personal estaría quitándole productividad a sus empresas y cargando a otros empleados con más trabajo y todo porque por querer seguir explotando al empleado pero si ya explota al personal que tiene y despide entonces perderían ellos no los empleados no les combine así que tienen que hacerle fuerza estoy completamente deacuerdo con la derogasion de esa ley injusta