La Corte-idh se opone a la reelección presidencial indefinida y establece que es contraria a la convención y declaración americana. El doctor Joaquín Mejía dice que los exmagistrados que la permitieron deben ser investigados criminalmente, que la reelección de Juan Orlando Hernández fue ilegítima y la nueva Sala Constitucional debe revertirla.
Texto: Leonardo Aguilar
Fotografía: Martín Cálix
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-idh) emitió una opinión consultiva en donde aclara que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano autónomo, esto según un comunicado publicado el pasado 13 de agosto por el órgano judicial de la Organización de Estados Americanos (OEA), cuya sede se encuentra en San José, Costa Rica.
Varios países de la región latinoamericana buscaron ampararse en principios de derechos humanos para permitir la reelección, no obstante, la Corte-idh recalcó mediante su opinión consultiva que «la reelección presidencial indefinida no cuenta con reconocimiento normativo en la Convención ni en la Declaración Americana, y de forma general, en el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos, en otros tratados internacionales, en la costumbre regional, ni en los principios generales de derecho».
En la opinión consultiva de la Corte-idh, que fue publicada íntegramente el pasado 7 de junio de 2021, se afirma que «la periodicidad de las elecciones también tiene como objetivo asegurar que distintos partidos políticos o corrientes ideológicas puedan acceder al poder, resaltando el papel esencial de las agrupaciones y los partidos políticos en el desarrollo democrático».
Uno de los primeros en reaccionar, fue el extitular de la desaparecida Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih), Juan Jiménez Mayor, quien recalcó que Nicaragua, Venezuela, Bolivia y Honduras han sustentado la reelección con fallos judiciales errados.
ALERTA. Corte Interamericana de DDHH acaba de emitir Opinión Consultiva que determina que reelección presidencial NO ES UN DERECHO HUMANO. Tiene que ver con Nicaragua, Venezuela, Bolivia y Honduras que sustentaron con fallos judiciales errados la reelección como "derecho".
— Juan F Jimenez Mayor (@JuaJimenezMayor) August 12, 2021
En abril de 2015, Honduras permitió la reelección presidencial —prohibida en la Constitución desde 1982 por un artículo pétreo— después de que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitiera un fallo. La reelección fue permitida cinco meses después de que el Congreso Nacional de Honduras destituyera inconstitucionalmente a cuatro de los cinco magistrados de la Sala Constitucional el 12 de diciembre de 2012.
Para el doctor en derechos humanos Joaquín Mejía Rivera, miembro del Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús (Eric-sj), la opinión consultiva de la Corte-idh deja en evidencia la manipulación que ha existido en la Sala de lo Constitucional de Honduras que dictó una sentencia bajo un argumento concreto para beneficiar a Juan Orlando Hernández con el tema de la reelección.
Mejía Rivera explica que la Sala de lo Constitucional de Honduras mintió al argumentar que debía permitirse la reelección porque existía una contradicción entre los derechos políticos y la prohibición de la reelección. «Lo que hizo la Sala de lo Constitucional para reformar de facto la Constitución de la República, ¡y un artículo pétreo!, es afirmar que la reelección presidencial es un derecho humano y que la Constitución no puede prohibir y lo peor de todo es que dice la Sala de lo Constitucional de Honduras, en su sentencia, que la reelección está reconocida en principios y normas internacionales de derechos humanos. Lo cual es una vergüenza», asegura Mejía Rivera.
Mejía Rivera, coordinador del libro La reelección presidencial en Centroamérica: ¿Un derecho absoluto?, asegura que lo realizado por la Sala de lo Constitucional de Honduras fue bajo una total mentira. «La Corte Interamericana lo que viene a decir es que no, que la reelección presidencial no es un derecho humano. Desmiente a la Sala de lo Constitucional de Honduras y además deja claro que ningún tratado internacional de derechos humanos reconoce la existencia de un derecho autónomo a ser reelecto en la presidencia», explica.
Mejía Rivera dice que lo que la Corte-idh deja claro es que el derecho humano es elegir y ser electo, pero una persona que ya ha sido electa una primera vez ya ejerció sus derechos políticos y la reelección solamente es una modalidad y esa modalidad solo puede ser regulada de acuerdo a las necesidades históricas, sociales y culturales, como sucedió en Honduras, que estaba regulada a través de una prohibición de la Constitución por nuestras necesidades históricas.
«Las necesidades históricas de Honduras han demostrado que la reelección se puso como prohibición para evitar las dictaduras y los Gobiernos autoritarios que hemos tenido, es decir, que esa regulación de prohibir la reelección está basada en las propias necesidades como país, históricas, políticas, sociales y culturales» (Dr. Joaquín Mejía).
La opinión consultiva fue en respuesta a una solicitud hecha por el Estado colombiano y debido a una necesidad que la Corte-idh tenía por las reelecciones registradas en Nicaragua, Venezuela, Bolivia y Honduras. «Particularmente en Nicaragua, Honduras y Bolivia, a través de sentencias se reformaron las constituciones para permitir que los presidentes que estaban en esos momentos pudieran continuar reeligiéndose y en el caso de Honduras todavía es más grave, porque la prohibición de la reelección está en un artículo pétreo y un artículo pétreo no puede ser modificado ni por el Poder Ejecutivo ni por el Poder Legislativo ni por el Poder Judicial y aún así lo tocaron. Ese artículo pétreo solo podía ser modificado a través del pueblo hondureño a través de mecanismos de participación directa», explica Mejía Rivera.
Alcances de la opinión consultiva de la Corte-idh
Los cuatro magistrados separados por el Congreso Nacional de Honduras en el año 2012 habían declarado inconstitucional una propuesta de ley que atenta contra la soberanía nacional a través de las entonces conocidas Ciudades Modelo (actualmente Zonas Especiales de Desarrollo [ZEDE]). Ese hecho fue considerado como un golpe de Estado del Congreso al Poder Judicial. El único de los cincos magistrados que no fue separado, por mostrar una posición favorable a las Ciudades Modelo, fue el exmagistrado Óscar Fernando Chinchilla, quien actualmente es el fiscal general de Honduras.
Mejía Rivera establece que la opinión consultiva tiene dos consecuencias muy claras: en primer lugar, si la reelección de Juan Orlando Hernández está basada en una sentencia, basada en una mentira, significa que su reelección es ilegal e ilegítima y, por tanto, su régimen es un régimen de facto.
«Y si esa sentencia la emitieron con base en una mentira, significa que cometieron traición a la patria y por tanto si tuviéramos a un Óscar Chinchilla, como fiscal general independiente, estaríamos mínimamente presentando acusaciones criminales contra estos magistrados y magistradas de la Sala de lo Constitucional», explica.
📌"La prohibición de la reelección presidencial indefinida busca garantizar la democracia representativa".
— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) August 17, 2021
👩🏿⚖️👨🏿⚖️#OpiniónConsultiva de la Corte Interamericana sobre “la figura de la reelección presidencial indefinida en el contexto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”. pic.twitter.com/8cPLUPaKGc
Mejía Rivera agrega que la opinión consultiva tiene un carácter preventivo, es decir que la Corte tiene dos funciones: la contenciosa, cuando es un caso que termina en una sentencia; y la función consultiva, que lo que hace la Corte es interpretar la convención como lo ha hecho ahora con la reelección.
«¿Con qué objetivo?, para decirle a los Estados: “no hagan cosas contrarias a lo que yo acabo de interpretar”, en otras palabras, esta opinión consultiva les está diciendo a los Estados que la reelección no es un derecho humano, así que dejen de colocar a través de sentencias que ustedes van a reformar la constitución para permitir la reelección argumentando que es un derecho humano, cuando la constitución no es un derecho humano», explica Mejía Rivera.
Mejía Rivera afirma que ahora que hay una nueva Sala de lo Constitucional, lo lógico es que debe de revertir esta reforma de facto que hicieron: «Obviamente, en un país serio, todo lo que ha hecho Juan Orlando Hernández, como es de facto, es ilegal, no tiene valor. Y creo que ese es un punto muy importante que se tiene que tomar en cuenta y obviamente uno esperaría una investigación criminal contra estos bárbaros que dictaron una sentencia para favorecer a un dictador y no les importó mentir», agrega.
Los magistrados que permitieron la reelección ya terminaron su periodo. El Congreso Nacional designó en 2016 a los 15 actuales magistrados de la CSJ, para el periodo 2016-2023. Los diputados sostuvieron una polémica votación después de que fracasara la elección bajo el sistema de nómina y no se alcanzara la mayoría calificada de 86 votos. No obstante, el Partido Nacional, con 48 votos de los 128 en total, hizo alianzas con otros partidos y logró conformar una CSJ que ha respondido a sus intereses.
El presidente Juan Orlando Hernández debió haber concluido su periodo el 27 de enero de 2018 y dar paso a un nuevo presidente, sin embargo, se reeligió tras participar en las elecciones de noviembre de 2017 y ganar los comicios generales en medio de denuncias de fraude en contra del candidato de la Alianza de Oposición contra la Dictadura, Salvador Nasralla, quien tenía una tendencia favorable.
¿Qué está pasando en Centroamérica?
El pasado 13 de agosto, el presidente salvadoreño Nayib Bukele propuso extender el periodo presidencial tras presentar un borrador en donde propone ampliar a seis años el mandato de cada presidente. También propuso ampliar de tres a seis años los puestos de fiscal general, los magistrados de la CSJ y el Tribunal Supremo Electoral.
Ante la consulta por lo que está pasando en Centroamérica, Mejía Rivera establece que «es terrible lo que está pasando en la región y lo peor es que aquí no se está solo violando la Constitución como tal, sino que también están aprovechando, quienes están en el poder, para cambiar las reglas del juego y para beneficiarse de ese poder que tienen en este momento».
El experto concluyó que en Centroamérica se está dando un fenómeno de «reyes autoritarios que han cambiado las reglas del juego y que se han beneficiado de su poder para mantenerse mamando de la teta del Estado, controlando la institucionalidad y convirtiendo, en el caso de Honduras, un narcoestado. En una dictadura, que también es un narcoestado».
Las protestas contra el fraude electoral de 2017 y en contra de la reelección inconstitucional de Juan Orlando Hernández dejaron al menos una veintena de muertos, la mayoría abatidos por miembros de la Policía Nacional y el Ejército de Honduras.
El presidente Juan Orlando Hernández ha sido mencionado en varios juicios en Nueva York por tener nexos con el narcotráfico. Su hermano, el exdiputado nacionalista Antonio «Tony» Hernández, fue condenado a cadena perpetua más treinta años en una corte estadounidense después de ser encontrado culpable por delitos de narcotráfico a gran escala.
1 comentario en “Sala de lo Constitucional basó su fallo que permitió reelección en una mentira sobre derechos humanos”
Excelente artículo, abogado gracias por tan clara y explícita descripción de los hechos primera ves que logró entender a minuciosidad la reeleccion, estoy realizando una tarea de derecho y me quedo claro muchas gracias , bendiciones