Propuesta para derogar el decreto 93-2021 pone en vilo la libertad de expresión

El Congreso Nacional buscó derogar el decreto 93-2021 a media noche, sin suficiente socialización y sin explicar que eliminarlo reactivaría los artículos 28 y el 153 del Código Penal que criminalizan a la prensa y contemplan responsabilidades penales para dueños de medios de comunicación y periodistas. Algunas bancadas están de acuerdo con eliminar el decreto 93-2021 ya que efectivamente este ha servido para absolver y proteger a lavadores de activos; sin embargo, solicitan que, si se deroga, se eliminen algunos artículos del Código Penal, como es el caso de la penalización contra los medios de comunicación.

Texto: María Celeste Maradiaga
Fotografía: Jorge Cabrera

Entre la noche del jueves 11 de mayo y madrugada del viernes, se introdujo en el Congreso Nacional un dictamen para derogar los decretos 93-2021 y 57-2020. Se intentó someterlos a discusión sin el conocimiento suficiente de todas las bancadas y en un solo debate.

La posible derogación del decreto 93-2021 –publicado a finales de 2021–, reactivaría los artículos 2 y 153 que ese decreto había suprimido, reactivando la criminalización de la prensa y la responsabilidad penal de los dueños de medios de comunicación y periodistas.

«Derogar los artículos 28 y 153 del Decreto No.130-2017 de fecha 18 de enero de 2018, que contiene el Código Penal, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 10 de mayo de 2019», indica el artículo 2 del decreto 93-2021 que busca ser derogado.

Artículo 28 (derogado) del Código Penal que se reactivaría:

RESPONSABILIDAD PENAL EN DELITOS COMETIDOS A TRAVÉS DE MEDIOS DE DIFUSIÓN.
En los delitos que se cometen utilizando medios o soportes de difusión no responden criminalmente los cómplices.
Los que sean autores sólo responden, en estos casos, de forma escalonada, excluyente y subsidiaria, de acuerdo con el orden siguiente:
a) Quienes hayan redactado el texto o producido el signo de que se trate y quienes les hayan inducido a realizarlo;
b) Los directores de la publicación o programa en que se difunda;
c) Los directores de la empresa editora, emisora o difusora; y.
d) Los directores de la empresa de grabación, reproducción o impresión.
Cuando por cualquier motivo distinto de la extinción de la responsabilidad penal, incluso la declaración de rebeldía o la residencia fuera de Honduras, no puede perseguirse a ninguna de las personas comprendidas en alguno de los literales del párrafo anterior, debe dirigirse el procedimiento contra las mencionadas en el literal inmediatamente posterior.

El artículo 28 del Código Penal no sólo responsabiliza a los redactores de una nota o a los creadores de una producción periodística sino también a los directores del programa o medio en el que se difunda, la empresa del medio de comunicación y los directores del medio o la empresa. En este sentido, el artículo 153 de esta misma legislación manda a castigar con penas a los autores de «delitos cometidos a través de medios de difusión».
Hay dos antecedentes importantes para entender la importancia del decreto 93-2021. El primero es que cuando entró en vigencia el nuevo Código Penal, en junio de 2020, además de que éste amenazara severamente la libertad de expresión a través de los artículos 28 y 153, reducía las penas para los delitos de crimen organizado y corrupción.
El segundo antecedente es que cuando se publicó el decreto 93-2021, este reformó la Ley Especial Contra el Lavado de Activos y también el Código Penal y además se limitaron las actuaciones del Ministerio Público beneficiando a corruptos y lavadores de activos.

Aún no existe consenso en el Congreso Nacional para derogar el decreto 93-2021, ni tampoco el decreto 57-2020 (el cual impide al Ministerio Público el secuestro de documentos para investigar a personas involucradas en casos de corrupción) ni el 116-2019 (el Fondo Departamental que asigna fondos públicos para proyectos sociales y que ha sido utilizado para fines clientelistas).

Hay un buen número de congresistas que sí están de acuerdo en derogar los decretos anteriores aduciendo que hacerlo es es de vital importancia porque con esto regresarán facultades investigativas al Ministerio Público, se eliminará el Fondo Departamental para proyectos sociales y se permitirá anular artículos del Código Penal y de la Ley Especial Contra el Lavado de Activos que se reformaron para blindar a corruptos y lavadores de activos.

Sin embargo, algunos congresistas son del criterio de que, primero, debe garantizarse que se respetará la libertad de prensa y la libertad de expresión. «En el dictamen se está derogando una figura penal y la interpretación que se estaba dando en el dictamen es que, al derogar el decreto vigente, se volvía al anterior, y eso es una posición errónea, ya que toca construir figuras. Por eso es que nosotros estamos impulsando que se verifique y se deroguen artículos del Código Penal vigente», indicó Jhosy Toscano, diputado del Partido Salvador de Honduras (PSH).

Toscano también apuntó que, si se deroga en su totalidad este decreto y no se toma en consideración la petición del Partido Salvador de Honduras (PSH) de derogar artículos del Código Penal simultáneamente, se estaría atentando contra la libertad de prensa y de pensamiento. La bancada del Partido Liberal tiene una postura similar y en su cuenta de twitter advirtieron que «se requiere mayor discusión para derogar estos decretos porque hay otros aspectos que deben analizarse».

Para la periodista hondureña, Thelma Mejía, la «intentona» de aprobar este decreto y restituir el decreto 28 del Código Penal en la noche del 11 de mayo responde a la intención de querer criminalizar aún más a la libertad de expresión en Honduras. «Esto es solo un indicativo que viene a reafirmar que el tema de la libertad de expresión y su ejercicio en Honduras sigue siendo de alto riesgo, y que la prensa, quien es la que fiscaliza el poder, sigue siendo incómoda», indicó la periodista.

En este sentido, Mejía recordó el último ranking de medición de Reporteros Sin Fronteras, en el cual Honduras cayó cuatro escalones, pasando del lugar 165 al 169. Esta caída también se observó en los demás países de la región.

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«En Honduras se cumplen todos los ciclos de libertad de expresión –continúa diciendo Mejía–, hay leyes que criminalizan a la prensa, juicios contra periodistas, amenazas, agresiones, atentados, ha habido cierre de medios, y la ultima espiral que es el asesinato a periodsitas».

Además, la periodista señala que aunque se haya logrado detener la aprobación de este dictamen, que implicaría la restitución de un artículo que amenaza la libertad de prensa, el Estado aún tiene una deuda con la prensa: despenalizar los delitos contra el honor. Thelma Mejía también recordó las recomendaciones realizadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en materia de libertad de expresión. Una de ellas es la preocupación sobre el acceso a la información pública al negar información considerada de seguridad nacional, las campañas de descrédito de voceros gubernamentales contra la prensa y la negativa al acreditar a la prensa en distintas instituciones del Estado como Casa Presidencial y el Congreso Nacional.

«Hoy estamos viendo otros mecanismos discrecionales que usa el Gobierno y muchas limitaciones para acceder a la información pública, de nada sirve que se haya derogado una Ley de Secretos si el secreto y la secretividad siguen vigentes bajo otras formas que se han hecho a través de decretos ejecutivos para limitar el acceso a lo que debe ser público», destacó la periodista.

Thelma Mejía señala que la prensa –y la población en general–, debe estar atenta a la discusión de este dictamen en el Congreso y si en este se incluyen las posturas de todos los congresistas para conocer la voluntad política sobre el fortalecimiento de la libertad de expresión.

Fatima Mena, diputada del Partido Salvador de Honduras (PSH) y miembro de la Junta Directiva del Congreso Nacional, explicó que, en la elaboración de este dictamen, han buscado en su partido eliminar –no incrementar– las penas en los delitos de injurias y calumnias, delitos contra el honor que por ahora son tratados penal y no civilmente, como ocurre en otros países.

«Más bien se eliminan –destacó la congresista–, eso no se toca. Nosotros estamos planteando que quede eliminado, no revivir eso, por lo menos ese es el consenso que hemos construido en este momento». Además, Mena asegura que se presiona a las otras bancadas para lograr la aprobación de este dictamen con las correcciones solicitadas y, además, agrega que la bancada del Partido Nacional no acompañó la firma del dictamen.

El pasado 16 de mayo, los congresistas esperaban que se discutiera la derogación de estos decretos. No obstante, en su lugar, el ministro del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Marlon Ochoa, ofreció una exposición para hablar sobre un diagnóstico fiscal previo a la discusión de la Ley de Justicia Tributaria.

Luis Javier Santos, fiscal de la Unidad Especializada Contra las Redes de Corrupción (Uferco), explicó a Contracorriente que, según la última versión del dictamen a la que él tuvo acceso, solo se deja responsabilidad penal por el delito de lavado de activos a personas jurídicas y se elimina la responsabilidad penal a dueños de medios de comunicación y periodistas.

El jefe de bancada del Partido Nacional, Tomas Zambrano, expuso que se caería en un vacío legal si se derogan por completo estos decretos y denuncia que cuando se elaboró el dictamen se excluyó a la bancada de este partido.

«No se puede derogar en su totalidad así como está planteado el decreto 93-2021. Este es un decreto que llevó a cabo reformas a muchos delitos y derogaciones a otros delitos que eran solicitados por los sectores sociales y gremiales y productivos, además fue una conquista del periodismo cuando lo derogamos», manifestó Zambrano.

Además, el congresista explicó a este medio que no solamente se tiene que ver lo relacionado al delito de lavado de activos, sino que la agravante en los delitos de trafico de drogas, desplazamiento forzado, trata de personas y otros más.

En este sentido, Zambrano asegura que la finalidad de este dictamen, si no se revisa y modifica, sería «amenazar y perseguir a todo aquel que es opositor y querer contener con una bota en el cuello a los periodistas, a las empresas, comunicadores y medios de comunicación».

Intentos de criminalización a la prensa persisten


Según el Sondeo de Opinión Pública del Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC-SJ), «un poco más de seis de cada diez hondureños y hondureñas opinan que no se respeta la libertad de expresión en el país».

Además, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh) detalló en su informe de Situación de Derechos Humanos en Honduras 2022 que, durante este año, se registraron 173 agresiones contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas. De estos casos resultaron 242 víctimas, de las cuales 191 son defensoras de derechos humanos y 51 periodistas.

Sobre el dictamen, el diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre), Marco Eliud Giron, asegura que la finalidad del Partido Libre no ha sido criminalizar a los periodistas y que son respetuosos de la libertad de prensa.

«Nosotros somos abanderados de la libertad de expresión, de hecho yo fui víctima de un secuestro por ejercer la libertad de expresión, yo fui secuestrado por el “juanorlandismo” y fui metido a la cárcel. No quiero que ningún periodista ni comunicador social ni ciudadano común vaya a la cárcel por ejercer su libertad de expresión».

Girón también asegura que en el Partido Libre todos están en la misma línea al no querer que se criminalice la libertad de expresión, y agrega que como partido están a favor de la libertad de prensa.

La restitución del delito de lavado de activos: un punto crucial para el funcionamiento de la CICIH

Fátima Mena, –diputada del Partido Salvador de Honduras (PSH) y quien además integra la Comisión Anticorrupción junto a congresistas como Jari Dixon Herrera, Ramón Barrios Maldonado e Iroshka Elvir–, explicó a Contracorriente que la demora en la discusión de este dictamen se debe a que no solo se debe contemplar la restitución del delito de lavado de activos, sino también se tiene que establecer cómo quedan los otros tipos penales, entre ellos, el delito de extorsión.

«Dentro de ese decreto [93-2021] hay otros aspectos que no tienen que ver con el tema anticorrupción, como el tema de extorción, trata de personas, compra y contrabando, lo que es un poco el tema de criminalidad organizada. Por eso es por lo que es bien complejo porque teníamos que revisar cómo quedarían esos otros tipos penales, por lo que una derogatoria completa [de este decreto] tampoco era posible porque no podíamos eliminar esos tipos penales, teníamos que definir realmente cómo es que iban a quedar», detalla Mena.

La congresista indicó que la finalidad de este dictamen es restituir al estándar internacional el delito de lavado de activos y regresar su definición a como estaba originalmente en el código penal. Además, según Fátima Mena, esto debe ser así para cumplir con las normas GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales) que establecen criterios y recomendaciones en materia de prevención y combate del lavado de dinero.

En octubre de 2021, Contracorriente publicó una nota detallando las reformas al Código Penal y a la Ley Especial Contra el Lavado de Activos aprobadas mediante el decreto 93-2021. Una de ellas fue agregar en el artículo 2 de la Ley Contra el Lavado de Activos la definición de «Persona Políticamente Expuesta», la cual agrupa a personas que desempeñan o han desempeñado funciones públicas, organizaciones de sociedad civil y que administren fondos de cooperación externa o que se dediquen a ejecutar proyectos, miembros de partidos políticos, entre otros.

Las reformas a esta Ley se dieron días después de que Contracorriente publicó los «Pandora Papers» una serie de investigaciones que vinculan a políticos, empresarios y personas influyentes en Honduras con off-shores.

En esta misma nota, Luis Redondo –quien era diputado de oposición en ese entonces y ahora es presidente del Congreso Nacional–, aseguró que estas reformas eran impulsadas por congresistas con nexos al delito de lavado de activos y que buscaban cubrirse para ser impunes.

Sesión ordinaria del Congreso Nacional de Honduras. Foto CC/Jorge Cabrera
Sesión ordinaria del Congreso Nacional de Honduras. Foto CC/Jorge Cabrera

El fiscal de la Uferco, Luis Javier Santos, también explicó que, aunque la restitución del delito de lavado de activos no es un requisito para la llegada de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Honduras (CICIH), esto sí es importante para garantizar su buen funcionamiento.

«Aunque no sea una exigencia, si viene una comisión internacional y están esos decretos y no se derogan es un obstáculo claro al trabajo que se pueda hacer. Su derogación es parte de demostrar esa voluntad de combatir la corrupción», indicó Santos.

Además, el abogado agregó que ya fue analizado en diferentes mesas si la derogación de estos decretos implicaba un mayor perjuicio para el Estado hondureño, y que –según el último dictamen al que tuvo acceso– que también se prevén las reformas a artículos del código penal relacionados con estos decretos.

«El perjuicio ya está causado, los que ya salieron como consecuencia a la reforma de la Ley de Lavado de Activos ya no se van a volver a procesar porque sus causas quedaron firmes, y lo que ya no se pudo obtener en información porque la ley lo impedía ya no se va a poder obtener, entre más días pasen y no se deroga será más el perjuicio que se va a cometer», destacó el fiscal de la Uferco.

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