¿Es posible otro sistema de justicia penal en Honduras?: Una mirada al abolicionismo

En el mes de julio entró en vigencia el nuevo Código Penal de Honduras. Esta ley penal deroga al antiguo Código Penal aprobado en 1983. Muchas críticas se han suscitado en torno al contenido de esta nueva ley penal. Por ejemplo, algunas organizaciones de la sociedad civil han denunciado que se trata del «Código Penal de Impunidad». Esto se da en el marco de la reducción de penas previstas para varios delitos, sobre todo los de corrupción y narcotráfico. Sin embargo, al analizar el sistema de justicia penal en Honduras, quise hacer mi crítica desde el abolicionismo, en una sociedad profundamente sacudida por injusticias raciales, sociales, económicas, y políticas. En parte porque —a mi juicio— la mayoría de las posturas sobre este instrumento caen en dos grandes corrientes de pensamiento: el posmodernismo crítico o la decadencia disciplinaria. A veces también se utilizan ambas para describir los beneficios o consecuencias negativas de esta nueva ley. Posturas enmarcadas dentro de estas categorías, son insuficientes para esbozar propuestas transformadoras de la realidad nacional. 

El posmodernismo crítico se refiere a la tendencia de creer que los problemas modernos se resuelven con soluciones modernas. Es decir, es una crítica que —a pesar de desconfiar de las instituciones modernas— es incapaz de anticipar soluciones más allá de la modernidad. Esta modernidad, tal como nos explica el sociólogo Boaventura de Sousa Santos, se ha sustentado en los ejes de la regulación y emancipación social. Mientras la regulación se define ampliamente como la gestión de conflictos por medio de leyes, cortes, y tribunales de justicia; la emancipación social se refiere a los discursos sobre libertades y derechos humanos de los cuales la sociedad se beneficia. Santos también nos explica cómo la modernidad es un paradigma históricamente agotado. Aunado a esto, él sostiene que, en los territorios coloniales como Latinoamérica, el paradigma de la modernidad fue aplicado con una línea abismal donde colapsaron la emancipación y regulación social, y en vez, los conflictos se han resuelto históricamente con despojo y violencia. 

Por otro lado, cuando hablo de decadencia disciplinaria, me refiero a la categoría desarrollada por el filósofo Lewis Gordon para describir la producción de conocimiento a partir de la absolutización de las disciplinas. Esta absolutización implica que el conocimiento se desconecta de los problemas del mundo real, se despolitiza, y se convierte en dogma. Es importante abrir el debate hacia otras posturas que procuren escapar tanto el posmodernismo como la decadencia disciplinaria. Una conversación abierta, crítica, y amplia, sobre el abolicionismo en Honduras es oportuna.  

Abolicionismo y racismo en América Latina

El movimiento abolicionista se puede definir como una red no coordinada de personas, activistas, intelectuales, y movimientos luchando por la abolición de las cárceles y el sistema penitenciario. A diferencia del reformismo carcelario, el movimiento abolicionista concibe a las cárceles en sí, como una violación a los derechos humanos. Por tanto, no tiene como objetivo principal mejorar las condiciones de las cárceles, sino que sustituirlas con otras instituciones más humanas, como centros de reeducación y de salud mental. En nuestras sociedades modernas hemos definido las cárceles como una institución imprescindible. Es normal que pensemos que el encierro es la consecuencia natural al cometer un delito.  Precisamente, el movimiento abolicionista busca derrumbar ese sentido común, que hasta se podría tildar de intersubjetividades fascistas. Las intersubjetividades fascistas, entonces, representan los pensamientos socialmente compartidos que han sido atravesados por quinientos años de capitalismo, colonialismo, y heteropatriarcado. Ese pensamiento legitima el establecimiento de cárceles donde una persona puede pasar toda su vida bajo el tratamiento más grotesco y deshumanizador.

Una de las expositoras, quizás más famosas de este movimiento, es la activista estadounidense de derechos civiles, Angela Davis.  En su libro Democracia de Abolición, explica que el movimiento abolicionista es tan antiguo como el surgimiento de la prisión como principal forma de castigo. A través de su estudio ella demuestra cómo en Estados Unidos, el Complejo Penitenciario Industrial (CPI) fue sustituyendo a la esclavitud. De hecho, uno de los puntos principales de su libro es evidenciar el carácter racista de las cárceles. Muchas veces en América Latina se piensa que ese tipo de expresiones son propias de los Estados Unidos, y que en nuestro continente no existe el racismo como ha existido en EE. UU. Sin embargo, los estudios críticos sobre la democracia racial, la pigmentocracia, y el mestizaje, han venido a desmantelar esa narrativa en nuestro continente. Además, han probado como el racismo ha sido un eje organizador de las sociedades latinoamericanas, permeando profundamente los procesos de estratificación social.

La relación del sistema penitenciario con el racismo en América Latina, es que las cárceles han funcionado como un mecanismo de estratificación racial: castigando y encarcelando masivamente a los más empobrecidos y racializados. Es por eso, que al dar una lectura a las estadísticas de los distintos institutos penitenciarios de nuestro continente podemos darnos cuenta como la gran mayoría de la población penitenciaria pertenece a los sectores más vulnerables de la población.  De igual forma se ha reportado extensamente cómo los reclusos y las reclusas viven en una situación carcelaria deshumanizante. Por ejemplo, algunas organizaciones estiman que al menos diez países de América Latina superan en un 200 % su capacidad de encierro; convirtiendo, así, las cárceles en efectivos centros de hacinamiento.  Muchos vienen de zonas rurales y de los barrios populares de las ciudades. Es también empíricamente observable como la gran mayoría de presos y presas no son blancos, ni mestizos/criollos. Son mayoritariamente personas racializadas. En América Latina apostarle a la encarcelación masiva de personas es también apostarle al racismo estructural.

Examinando las críticas al nuevo Código Penal

Algunas de las críticas que han surgido en torno al nuevo Código Penal giran alrededor de criterios problemáticos en el sentido que reducen el problema de la violencia e injusticia a los contenidos de una ley. A continuación, se discuten dos de estas críticas, las cuales pienso, son las que más relevancia han tomado en distintos espacios. 

Primero, una crítica importante que ha surgido es la denominación de esta ley como el «Código Penal de la impunidad». Además, se habla de ella como el producto de un pacto entre corruptos que se han visto en la necesidad de protegerse ante eventuales acusaciones de índole penal. Sin embargo, esto es un contrasentido ya que no presenta un contraste con el antiguo Código Penal. En todo caso, si este constituye el «Código Penal de la impunidad», entonces el antiguo Código Penal es el código de las injusticias y encarcelación masiva. El Código Penal de 1983 fue creado un año después de la Asamblea Nacional Constituyente que aprobó la actual Constitución. Este instrumento fue un pacto entre élites, avalado por las Fuerzas Armadas, los grupos económicos de poder, los EE. UU., y el bipartidismo nacional/liberal. El anterior código fue utilizado por los gobiernos de turno para prometer «mano dura» contra los criminales. Así, entonces, fue modificado, reformado, y trastocado una cantidad casi incontable de veces.

Bajo el anterior código la población penitenciaria llegó a ser la más alta de la historia de Honduras. Sin embargo, la mayoría de las personas procesadas o condenadas, y que forman parte de dicha población, no son narcotraficantes a gran escala, ni funcionarios públicos que se han hecho millonarios a costa del erario, ni tampoco empresarios que han construido sus negocios con base en el soborno y tráfico de influencias. Afirmar lo contrario sería negar la misma realidad de nuestro país. Sí se encuentra con mayor frecuencia dentro de esa misma población, a personas consumidoras de drogas, personas que comercializaban cantidades pequeñas o medianas de droga en las calles (también conocido como dealers o distribuidores), a algunas personas que transportaban, entre otros. Sin embargo, estas personas no representan a las cabezas del crimen organizado nacional y transnacional.  También se encuentran en mayor cantidad a pandilleros, tanto hombres como mujeres; a campesinos, obreros, pescadores, y personas de zonas rurales del país que han sido acusados y condenados de cometer delitos. 

Sobre este punto quisiera hacer énfasis en dos aspectos: primero, los delitos relacionados con las drogas, y segundo, las maras y pandillas. Es de gran relevancia resaltar que en los delitos relacionados con las drogas hay un permanente abuso de poder por parte del Ministerio Público. Una institución con más falencias que beneficios, y que, para encubrir su incompetencia e inoperancia de no poder capturar, acusar y procesar a traficantes peligrosos, se ve en la penosa tarea de acusar a consumidores de droga como si se tratara de grandes exportadores de narcóticos.  Así, entonces, muchas personas que han estado en posesión de pequeñas o medianas cantidades de droga han sido acusadas por el Ministerio Público por el delito de tráfico de sustancias ilícitas, en sus distintas modalidades (comercialización, distribución, facilitación de medios para almacenamiento y transporte,  incluso producción). Cuando en estos casos transcurre su curso procesal, y se llega a las etapas avanzadas del proceso penal, es decir el juicio oral y público, muchas de estas personas recobran su libertad, ya que es evidenciado cómo las cantidades que poseían eran claramente para su consumo personal. Esto únicamente denota el carácter abusivo de una institución decadente. 

A pesar de la cantidad importante de personas privadas de libertad por delitos relacionadas con las drogas, este fenómeno ha ido en aumento, y Honduras se ha convertido en un hub para las empresas del narcotráfico transnacional. 

Sobre las pandillas. A pesar de que se han creado varias leyes y órganos jurisdiccionales que buscan castigar delitos que usualmente son cometidos por las maras y pandillas, tales como la extorsión y la asociación ilícita, la cantidad de personas que se han unido a las maras ha ido en aumento exponencial durante los últimos diez años. Para el 2018, Diario El País informaba que en Honduras existen aproximadamente 70 000 miembros de maras y pandillas. Lo anterior sugiere y evidencia, que el aumento de penas sobre los delitos de asociación ilícita, y la creación de órganos de excepción para juzgar la extorsión, no han tenido un efecto desalentador. Al contrario, la extorsión es un fenómeno en aumento y sufrido a diario por miles de comerciantes y transportistas. Estos dos aspectos previamente subrayados demuestran que las cárceles no son un remedio efectivo para detener los crímenes en un país como Honduras.

Finalmente, sobre esta crítica al nuevo Código Penal, quisiera agregar que tanto este, como el anterior código, sufren de exactamente los mismos defectos. Son instrumentos para los grupos de poder, y en contra de la población empobrecida y racializada. No detienen la criminalidad, ni traen justicia a la sociedad. No podemos hablar de un código de la impunidad, cuando vivimos en la sociedad de la miseria, la violencia, y el despojo. Hablar exclusivamente de un código, o de la corrupción como los únicos males que agobian al país es ser reduccionista. Tanto la corrupción como este código son apenas síntomas de un país atravesado por modos coloniales, patriarcales, y capitalistas de explotación y dominación. Sin embargo, esta crítica proviene de organizaciones de la sociedad civil hegemónica que han vivido permanentemente desconectadas de las poblaciones indígenas, campesinas, de mujeres, estudiantes, y también desconectados de los problemas de las personas más vulnerables de la sociedad hondureña. Son organizaciones que se han arrojado una cantidad infinita de atribuciones en nombre del pueblo, y que han sido incapaces de justificar su presupuesto.

La segunda crítica que quisiera abordar proviene del feminismo hondureño. Esta crítica es una exigencia legítima para la protección de las vidas e integridad de las mujeres. El movimiento feminista busca un escrutinio de las instituciones públicas en relación con el castigo de delitos cometidos contra mujeres. Es decir, el procesamiento de aquellos hombres que han cometido delitos como la violación y el feminicidio. Sin embargo, hay dos aspectos importantes a resaltar sobre esta crítica. Primero, desde mi perspectiva, cualquier proyecto emancipatorio debe traer consigo una consigna de justicia social. Creo firmemente que el movimiento feminista es el mejor ejemplo de un movimiento emancipatorio, y por supuesto su demanda de protección ante la violencia patriarcal es algo bastante serio. Con lo que difiero, es con el pensamiento problemático de asimilar la justicia y protección de las mujeres con el encierro y la cárcel. Por eso insisto, que una de las herramientas más poderosas para transformar la sociedad es la politización de los problemas sociales. Esto ha convertido al movimiento feminista en un ejemplo exitoso de organización política. Por lo que, analizando el contexto hondureño, veo en el feminismo la oportunidad de repensar y derrumbar categorías intersubjetivas de un sentido común colonial, patriarcal, y capitalista. 

Precisamente este principio de esperanza política en el feminismo me hace pensar que la justicia social no es compatible con la exigencia de más cárceles y más encierro.  Las cárceles son, al contrario, un elemento importante de injusticia social, por lo tanto, no es una institución que pueda sustituir los anhelos de una sociedad liberada de estructuras heteropatriarcales. En particular, quiero hacer énfasis en cómo las cárceles reproducen la violencia machista. En Honduras existen cientos de mujeres y niñas presas en condiciones de grave hacinamiento y violencia patriarcal. A pesar de esto, muy poco se escucha al movimiento feminista pronunciarse sobre los asesinatos de mujeres privadas de libertad o sobre las violaciones ocurridas en las distintas cárceles del país. Quizá es momento de repensar la categoría de «sororidad» y evidenciar sus profundas distinciones sobre algunas mujeres. El segundo aspecto se enfoca en las experiencias de otros países, donde las penas más altas han hecho nada o casi nada para frenar la violencia machista, las violaciones y el feminicidio. Al contrario, se ha observado que entre más alta es la población penitenciaria de un determinado país, el contexto social se torna más violento y peligroso para las mujeres. Creo que el feminismo debe enfocarse en derrumbar y desmantelar la opresión machista a través del trabajo político, e imaginar una sociedad utópica donde no haya lugar para feminicidios, pero tampoco, para cárceles. Ahí yace uno de los retos más importantes de las mujeres en Honduras. 

Algunos apuntes para el debate sobre el abolicionismo en Honduras 

Para ser capaces de tener una sociedad radicalmente diferente, debemos ser capaces de imaginarla. Nuestros anhelos y sueños deben ser compatibles con nuestras luchas políticas, esto implica, entre otras cosas, no diluir los esfuerzos en atacar un instrumento que ha sido igual de negativo que su antecesor. El abolicionismo es una propuesta seria que busca fomentar y establecer los elementos básicos para una sociedad convivencial. Se trata, además, de un proyecto político que busca desmantelar el racismo institucional y evidenciar la relación de las cárceles con las injusticias. Hablar de abolicionismo en una sociedad como la de Honduras pareciera una contradicción debido al alto índice de crímenes violentos (sean estos cometidos por funcionarios públicos o por particulares). Sin embargo, es importante resaltar que el éxito para la erradicación de esos delitos no vendrá nunca de leyes draconianas o impositivas. Al contrario, cada vez que se imponen penas más severas aumenta la cantidad de crímenes violentos. Así se ha podido observar en los últimos años en Honduras, ya que a pesar de contar con penas exorbitantes para los delitos, por ejemplo, de asociación ilícita, el número de miembros de maras y pandillas ha ido en aumento (como mencionaba previamente). 

Es por eso, que la erradicación de esos delitos vendrá exclusivamente de nuestra capacidad de poder tomar control de nuestro futuro. Eso implica, entre otras cosas, que nuestra lucha debe ir encaminada a desmantelar las estructuras de dominación/opresión que operan a través de Honduras, y también, de convertir esos espacios opresivos en espacios liberados. El nuevo Código Penal no es un espacio liberado, pero tampoco lo es su predecesor. Ambos son instrumentos de encarcelación masiva que han buscado proteger a las élites hondureñas de cualquier repercusión por sus actos delincuenciales. Una de las formas más efectivas de frenar la corrupción y los abusos en el país radica en la capacidad de organizarnos y movilizarnos, ya no como sociedad civil, sino como sociedad política. Precisamente, la politización de los problemas sociales y de los grupos vulnerables, desembocará en una conciencia profunda de los problemas de la sociedad hondureña. Esto, a su vez, permitirá un escrutinio, ya no meramente observante como acostumbra la sociedad civil hegemónica, sino uno que controle y detenga los abusos antes de que estos ocurran.

Como movimientos sociales y políticos debemos entender que la instrumentalización del Estado no es la única alternativa, sino también, nuestra capacidad de establecer una permanente lucha anticolonial, antiheteropatriarcal, y anticapalista. En Honduras es momento de hablar de abolicionismo, y de despenalización, en vez de exigir una hiper penalización de la sociedad. Los derechos, luchas, y aspiraciones de una sociedad antes de ser legalizados, deben ser politizados. 

Finalmente, esta opinión no busca proveer remedios ni soluciones totales. Apenas busca despertar la curiosidad intelectual del lector ante estos temas muy poco discutidos en Honduras, y también, los invita a debatirlos, criticarlos y ampliarlos con base en sus propias experiencias y conocimientos. 

Sobre
Roxana Corrales Vásquez, nació y creció en la Península de Zacate Grande, en el municipio de Amapala. Feminista, defensora del territorio y los bienes comunes, estudiante de periodismo, comunicadora social. Actualmente es la coordinadora de la Asociación por el Desarrollo de la Península de Zacate Grande (Adepza). Escribe sobre el entramado colonial, capitalista, y heteropatriarcal que opera a escala planetaria. En particular, con un enfoque interseccional en las opresiones de las poblaciones racializadas.
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Pianista y filóloga hondureña. Máster en estudios avanzados en Literatura Española e Hispanoamericana por la Universidad de Barcelona. Licenciada en Arte por la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán, misma institución en la que se desempeña como docente. Es autora de numerosos ensayos sobre poesía y literatura. Correctora de estilo y editora de la sección Cronistas de la cotidianidad en Contracorriente.
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1 comentario en “¿Es posible otro sistema de justicia penal en Honduras?: Una mirada al abolicionismo”

  1. Me parece super buen aporte este artículo, generar opiniones en contra corriente, es urgente y pertinente. Parece que la costumbre de estar en lucha (afortunadamente hay una constancia en la lucha) contra el gobierno de turno nos ha incapacitado (siendo ingenua) en muchos aspectos… pocas veces nos sentamos a resolver qué otras formas de Estado son posibles (demasiadas urgencias para soñar) Me gusta esta invitación a pensar que los Estados aún están en construcción y que están pendientes nuestras propuestas para plantear una nueva forma de organización social, cultural y ambiental. En fin, me siento muy feliz de leerte y de saber que tenemos pensadoras que exponen posibilidades de hacer un nuevo sendero.

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