Al menos diez casos de imputados por lavado de activos ─entre ellos dos involucrados en el desfalco del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), cuatro personas vinculadas a «Los Cachiros» y un exalcalde─ fueron absueltos después de las reformas a la Ley de Lavado de Activos aprobadas en el Congreso Nacional, como un blindaje de impunidad tras revelaciones de «Pandora Papers».
Texto: Francis Cálix
Fotografía: Martín Cálix
Hace un mes que el Poder Legislativo aprobó varias reformas a la Ley Especial de Lavado de Activos publicada en el diario oficial La Gaceta nro. 35,760 del 1 de noviembre de 2021. Hasta la fecha se contabilizan al menos diez personas con sobreseimientos después de la aparición de estas reformas, según se registra en los boletines de prensa del Poder Judicial. Contracorriente trató de conseguir la cifra oficial, sin embargo hasta el cierre de esta nota la solicitud no había sido respondida.
Uno de los casos es el del exalcalde de Yoro, Arnaldo Urbina, acusado por la firma de contratos para prestación de servicios que se otorgaron sin cumplir los requisitos exigidos en las normas vigentes y que causaron un perjuicio a las arcas del Estado y condenado en 2017 por lavado de activos.
Urbina fue declarado culpable por el delito de violación a los deberes de los funcionarios públicos. Sin embargo, fue absuelto de 63 delitos de abuso de autoridad y 122 delitos de malversación de caudales públicos por el Tribunal de Sentencia en Materia de Corrupción, el pasado 10 de noviembre.
De acuerdo al Tribunal de Sentencia en Materia de Corrupción, Urbina fue encontrado culpable por suscribir contratos con Lenay Urbina Urbina sin seguir las normas vigentes para contratar con el Estado. No obstante, el exalcalde de Yoro tiene un proceso de extradición por vínculos con el narcotráfico. La solicitud fue presentada por la Corte del Distrito Sur de Nueva York, Estados Unidos, y concedida por un juez hondureño en 2019.
La nueva reforma a la Ley de Lavado de Activos, en el artículo 26 de la Disponibilidad de los Registros, dice que «para efectos de investigaciones penales o causas judiciales, la revisión de la información financiera de una persona natural o jurídica solo será autorizada por el Juez competente».
Antes de la reforma, La Ley de Lavado de Activos decía que «los sujetos obligados y las personas naturales o jurídicas (…) tenían el deber de permitir a la Unidad de Inteligencia Financiera, el libre acceso a todas sus fuentes y sistemas de información para la verificación o ampliación de las informaciones proporcionadas por ellas mismas o cuando esto sea necesario para el análisis de casos relacionados con el lavado de activos y financiamiento del terrorismo». Sin embargo, con la nueva reforma, para poder investigar un caso de lavado de activos «el Juez competente recibirá la solicitud y los hechos que la fundamentan».
Por otro lado, de acuerdo a la reforma, fueron absueltos de responsabilidad penal, Carlos Montes Rodríguez, exviceministro de Trabajo y Seguridad Social, y Javier Rodolfo Pastor Vásquez, exministro de Salud, quienes fueron judicializados por suponerles responsables de los delitos de lavado de activos y cohecho pasivo impropio, relacionado al desfalco del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), en el caso conocido como Coimas a Viceministros.
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Además, el Tribunal Nacional, con fundamento en la reforma a la Ley de Lavado de Activos, determinó sobreseimiento a Dunia Catalina Cruz Cálix, Dunia Lapissa Isaula Cruz, José Alfredo Isaula Cruz y Kritian Josué Cruz Martínez. Estas personas tenían requerimiento fiscal a raíz de una denuncia anónima en contra de Dunia Cruz, quien supuestamente se dedicaba a lavar activos de la banda conocida como «Los Cachiros». La resolución se da debido a que el único elemento, aportado por el Ministerio Público, como medio de prueba fue el incremento de sus ingresos no justificados, que antes de la reforma eran penalizados.
De acuerdo con la reforma, también se dictó sobreseimiento definitivo a los hermanos Roberto Paisano Wood y Seth Paisano Wood (exdiputado por el Partido Liberal) por el delito de lavado de activos. Ambos fueron detenidos durante la «Operación Corsario» luego de denuncias de la existencia de una organización dedicada al tráfico de drogas que operaba en Gracias a Dios. De igual forma, los hermanos, fueron vinculados supuestamente al narcotraficante Víctor Hugo Díaz Morales alias «El Rojo».
Otra de las personas beneficiadas por la nueva reforma a la Ley de Lavado de Activos es Patricia Estrada Pacheco, a quien se le dictó sobreseimiento definitivo. Pacheco fue detenida por no justificar HNL 2,765,513.36 luego de movimientos financieros por más de siete millones de lempiras en diez cuentas bancarias a su nombre, sin establecerse el origen del dinero, ya que la señora no poseía un empleo, negocio o préstamos que le generara algún tipo de ingresos, según el Ministerio Público.
Cabe destacar que Pacheco es esposa del comisionado general, Leonel Sauceda Guifarro, quien en un periodo de once años (2006–2017) no pudo justificar HNL 13,801,838.35, lo que incluye movimientos en trece cuentas de bancos a su nombre, según información del Ministerio Público. Sin embargo, su solicitud de sobreseimiento fue declarada, «no ha lugar», por lo que se presentará a juicio oral y público en enero de 2022.
Reformas a favor de la corrupción
El abogado y analista, Josué Murillo, explicó a Contracorriente que esta serie de absoluciones en casos de lavado de activos se da de acuerdo a la retroactividad de la ley. «La ley no opera retroactivamente, salvo materia penal y siempre que favorezca al reo (…) en ese sentido, estas reformas (a la ley de lavado de activos) han venido en el momento más oportuno a generar beneficios a favor de este grupúsculo de malos y malas hondureñas que se han beneficiado de su poder y de las posiciones que han ostentado», dijo.
Asimismo, enfatizó que estas «reformas de carácter legal han habilitado a que muchos de los corruptos puedan escaparse de la mano de la justicia generando entornos de impunidad, fortaleciendo a los grupos o redes de corruptos y corruptas en la política y en el Estado».
En opinión de Murillo, con esto se busca «ponerle a un proceso ya duro, burocrático, extremadamente largo, más pasos y más trabas (…) para que sea más difícil cambiarlo. Esta gente no tiene escrúpulos y por lo tanto siempre van a tratar de entorpecer la justicia».
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En estas reformas también se incluyó a las organizaciones de sociedad civil como «persona expuesta políticamente» (PEP). Ante esto, el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) presentó una garantía de inconstitucionalidad contra las reformas a la Ley Especial de Lavado de Activos.
A través de una nota de prensa, el CNA manifestó que «las organizaciones de sociedad civil no pueden ser personas políticamente expuestas, por lo que deben abandonar el espacio de criminalización en el que se les ha incluido». Asimismo, enfatiza que «las OSC no pueden incurrir en los delitos de corrupción pública, porque ninguno de sus miembros ostenta la condición de funcionario público».
El CNA presentó hoy una garantía de inconstitucionalidad contra las reformas a la Ley Especial de Lavado de Activos, que pretende frenar el accionar a las organizaciones de sociedad civil. pic.twitter.com/WVYvukMwXS
— CNA Honduras (@cnahonduras) November 24, 2021
Asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en un comunicado expresó su preocupación por «el impacto regresivo en el ejercicio de los derechos humanos ante la entrada en vigor de reformas realizadas al Código Penal y la Ley Especial de Lavado de Activos en Honduras».
En ese sentido, la CIDH y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE), hicieron un llamado al Estado para «revisar las reformas a fin de que se adecúen a los estándares y compromisos internacionales de derechos humanos. En especial, garantizar que el derecho penal no sea utilizado como medio para restringir el ejercicio de la libertad de reunión pacífica, así como para limitar la labor de personas defensoras y periodistas».