La regulación de la libertad de expresión en Honduras, un nuevo manual para periodistas

El pasado viernes 23 de julio, Contracorriente, con el apoyo de la Seattle International Foundation (SIF), presentó su manual con enfoque en el trabajo periodístico  La regulación de la libertad de expresión en Honduras , que analiza el contexto jurídico para los comunicadores.

Texto: Cesia Garay


El acceso a la información y la pluralidad de voces es una deuda en nuestros países. Honduras ha retrocedido en materia democrática desde el golpe de Estado de 2009 y eso ha afectado directamente el derecho a la libre expresión y el derecho a la información pública, especialmente en perjuicio de periodistas y comunicadores. 

Durante el foro virtual ¿Cómo es la libertad de expresión en Honduras?, se presentó el manual La regulación de la libertad de expresión en Honduras, con la presencia del abogado Edy Tábora, autor de dicho documento. En este manual se aborda todo lo relacionado con los contenidos protegidos y no protegidos, y se explica cuáles son las herramientas disponibles para exigir información pública, que usualmente es negada. Además, se ahonda en las trabas normativas que limitan la libertad de expresión en nuestro país.

El manual, que fue el resultado de un proceso de formación y discusión de la legislación hondureña entre el equipo de Contracorriente y el abogado Edy Tábora, permite conocer las herramientas jurídicas necesarias para abrir información que ha estado parcialmente disponible o que estaba reservada. El conocimiento de estas normativas son útiles para pelear información que debe ser pública en un país con tantas restricciones como Honduras.

El manual analiza una serie de leyes como el nuevo Código Penal y otras normativas como la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley de Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional —conocida también como la Ley de Secretos (decreto 418-2013)— así como el artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).

El abogado Edy Tábora explicó que el manual también profundiza en temas como el derecho a la privacidad, mecanismos de resolución de conflictos en el marco de difusión de información que pueda ser falsa o errónea, o cuando una persona se siente agraviada.  Sobre esto último, Tábora enfatizó que existen contenidos protegidos y «una doctrina muy importante que se generó en Estados Unidos  y que debe ser el pan de cada día para los y las periodistas: su conocimiento en el tema de la real malicia».

La Constitución de la República establece en el artículo 72 una prohibición de previa censura y censura indirecta. Edy Tábora explicó que el Estado debe ser neutral frente a los contenidos y no puede prohibir ninguna publicación ni amenazar con responsabilidades posteriores, porque como toda actividad humana regulada, ya existen responsabilidades posteriores, ya sean penales, civiles o administrativas. 

Edy Tábora rescata el artículo 7 de la Ley de Emisión de Pensamiento que establece que los periodistas tienen la libertad para hacer las versiones que consideren oportunas con motivo de las declaraciones hechas por cualquier autoridad, funcionarios o empleado público, representante de corporación o persona jurídica o individual.

En cuanto al Instituto del Acceso a la Información Pública (IAIP), Tábora manifiesta que la ley que lo regula ha adoptado el principio máximo de publicidad, es decir, que sobre cualquier información debe primar la difusión o la puesta al público de la información. «Si quieren restringir la información, el funcionario o la institución pública, deben justificar por qué razón no puede ser información pública o debe ser información reservada», explicó.

El abogado y periodista de Contracorriente, Leonardo Aguilar, señaló durante el foro que el manual enmarca temas muy importantes en cuanto a la información que está protegida y los contenidos que no se pueden publicar, y recordó que es importante que todo periodista conozca los principios internacionales y la normativa interna sobre libertad de expresión.

Aguilar mencionó que existe un contexto social hostil para los periodistas en Honduras, con asesinatos selectivos y violaciones a sus derechos laborales y citó datos de organizaciones defensoras de la libertad de expresión, indicando que entre marzo y agosto de 2020 aproximadamente 400 periodistas fueron despedidos en un contexto de pandemia. Además, recordó que al menos 85 periodistas y comunicadores sociales han sido víctimas de asesinatos selectivos desde el año 2001.

También lamentó la inclusión de los delitos de calumnia e injuria en el nuevo Código Penal y alertó sobre el agregado de injuria financiera, que establece censura previa referente a temas de lavado de dinero en instituciones bancarias hondureñas.

Por su parte, la directora editorial de Contracorriente, Jennifer Ávila, enfatizó en la importancia de este manual para los periodistas y comunicadores. De igual forma mencionó que con esta discusión inicia un proceso informativo.

La libertad de expresión y su regulación en la normativa hondureña es un tema que debe ser ampliamente estudiado y debatido. Con las herramientas actuales se puede buscar caminos para investigar, recibir información y difundirla libremente.

Mira la transmisión del evento aquí:

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